
Términos y Condiciones Generales Orden de Compra de Proveedores Nacionales
Términos y Condiciones Generales Orden de Compra de Proveedores Nacionales
El presente anexo de términos y condiciones generales (los “TCG”) hace parte integral de todas las ÓRDENES DE COMPRA que emita PERMODA LTDA al PROVEEDOR. y regirán el negocio jurídico consistente en la adquisición de los productos o servicios por parte de PERMODA LTDA, provenientes de EL PROVEEDOR.
1. Definiciones:
Las siguientes definiciones se aplicarán a estos Términos y Condiciones Generales:
1.1. Bienes: elementos a ser adquiridos por PERMODA LTDA., tal y como se describen en la ORDEN DE COMPRA y en lo que haya sido aceptado por PERMODA LTDA.
1.2. Duración del contrato: comprende la totalidad del período contractual desde la aceptación de la orden de compra hasta la ejecución total de las actividades contratadas.
1.3. Negocio jurídico: es la relación jurídica que nace de la emisión de la ORDEN DE COMPRA y la aceptación de esta por parte del PROVEEDOR.ERMODA LTDA., y EL PROVEEDOR.
1.5. Plazo de ejecución: corresponde únicamente al período durante el cual el Contratista debe realizar todas las actividades objeto de la presente oferta.
1.6. Partes: PERMODA LTDA., y EL PROVEEDOR.
1.7. Proveedor:Persona natural o jurídica a quien PERMODA LTDA., le ha emitido una o varias Orden(es) de Compra para la prestación de servicios o venta de bienes.
1.8. Servicio: Prestación de actividades a cargo del PROVEEDOR, tal y como se describe en la ORDEN DE COMPRA y según la oferta presentada por el PROVEEDOR en lo que haya sido aceptado por PERMODA LTDA.
2. Objeto:
El indicado en la ORDEN DE COMPRA, incluyendo las referencias, descripciones y cantidades indicadas en la misma los cuales el PROVEEDOR se obliga a entregar o prestar a PERMODA LTDA. La ORDEN DE COMPRA junto con los presentes TCG, constituye un sólo documento contractual y vinculante para las PARTES.
3. Aceptación
La ORDEN DE COMPRA se entenderá aceptada para todos los efectos mediante manifestación escrita en tal sentido por parte de EL PROVEEDOR o mediante (i) el inicio por parte de EL PROVEEDOR de cualquiera de las labores encaminadas al cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA, (ii) provisión del PROVEEDOR de cualquier Producto o Servicio cubierto por esta ORDEN DE COMPRA, (iii) o a través del recibo del PROVEEDOR de cualquier pago o entrega de anticipo realizado de conformidad con esta ORDEN DE COMPRA, (iv) Mediante cualquier otro acto o manifestación relacionada con los términos, condiciones de la ORDEN DE COMPRA, lo que ocurra primero.
Cualquier término o condición diferente o adicional, propuesta de manera unilateral por el PROVEEDOR y no aceptada expresamente por parte de PERMODA LTDA se tendrá para todos los efectos como no escrita y no produjera efecto alguno, bien sea que se encuentre, contenida en cualquier acuse de recibo, factura u otro documento del PROVEEDOR.
4. Término de duración y plazo de ejecución
La duración de la orden de compra será la indicada en dicho documento, contados a partir de la fecha de emisión de la misma, no obstante, estará vigente hasta que se ejecuten todas las actividades, obligaciones tanto legales, técnicas y administrativas establecidas en el presente documento.
Parágrafo Primero:
Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución será el que se establezca en la orden de compra, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio suscrita por las partes. Ante la ausencia del acta de inicio de obra, el plazo de ejecución será contado desde el primer día en que se dé inicio a las actividades pactadas en la orden de compra por parte del Contratista, lo cual debe ser dentro del término de duración pactado. Este plazo se refiere exclusivamente al tiempo otorgado al Contratista para cumplir con la ejecución total del objeto y las obligaciones pactadas en el presente documento.
Para efectos de interpretación y ejecución de la orden de compra, de manera expresa se acuerda que la duración del contrato comprende la totalidad del período contractual desde la emisión de la orden de compra hasta la ejecución total de las actividades contratadas; mientras que el plazo de ejecución corresponde únicamente al período durante el cual el Contratista debe realizar todas las actividades contratadas.
5. Lugar y entrega:
La entrega de los Bienes y/o la prestación de los servicios se llevarán a cabo en el lugar indicado en la ORDEN DE COMPRA, y en los plazos señalados en la misma. El PROVEEDOR asumirá y se hará cargo de todos los riesgos y costos que conlleven o impliquen la entrega de los bienes y/o la prestación de los servicios.
6. Improrrogable:
El negocio jurídico que surge de la ORDEN DE COMPRA, no se prorrogará automáticamente. Su terminación es automática al cumplimiento del servicio o entrega del bien y pago de este, salvo manifestación escrita de las partes.
7. Valor:
El valor es el que se establece en cada ORDEN DE COMPRA. Dicho valor es único e incluye los costos directos e indirectos, previsibles e imprevisibles en que tenga que incurrir el PROVEEDOR para la entrega de los bienes y/o la prestación de los servicios, y en general, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ORDEN DE COMPRA.
De todo pago, PERMODA LTDA., hará las retenciones de ley a que haya lugar. Cada parte responderá por los pagos de los impuestos que la ley les imponga.
8. Anticipo (si aplica):
En el evento en que PERMODA LTDA., entregue dinero al PROVEEDOR a título de anticipo el PROVEEDOR deberá constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a recibo de la ORDEN DE COMPRA, por el 100% del valor del anticipo y una vigencia igual al plazo de la ORDEN DE COMPRA, una garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, Su constitución y aprobación serán requisitos previos para la entrega del anticipo.
Parágrafo Primero: El anticipo será amortizado, en cada uno de los pagos a efectuar a favor del Contratista, de manera proporcional al porcentaje que representa cada pago. Esto es, si el primer pago pactado por ejemplo equivale al 40% de valor total de la orden de compra, a ese primer pago se le debe descontar, de manera previa a ser desembolsado, ese mismo porcentaje del 40% calculado sobre el valor total del anticipo entregado y así sucesivamente en cada uno de los demás pagos. En todo caso, se deberá garantizar que se descuente la totalidad del anticipo de la facturación asociada a los pagos a favor del Contratista hasta completar el 100% del valor entregado en el anticipo por el Contratante.
Parágrafo segundo: El PROVEEDOR, declara que el anticipo no será destinado a fines distintos de los gastos relacionados directamente con el objeto ofertado; el incumplimiento a esta obligación dará derecho al DESTINATARIO, a terminar el negocio jurídico respectivo de manera anticipada y, a exigir los perjuicios que sean causados por dicho incumplimiento.
9. Disminución de valor:
En el evento en que, en la debida ejecución de la ORDEN DE COMPRA, disminuya el valor inicialmente pactado por las partes, como consecuencia de situaciones distintas a las indicadas en el numeral “Terminación del negocio jurídico”, el proveedor estará obligado a presentar la factura ajustada al nuevo menor valor, sin que sea necesaria una modificación a la ORDEN DE COMPRA. La mencionada situación no constituye un incumplimiento contractual por las partes.
10. Forma de Pago:
PERMODA LTDA pagará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la factura previo recibo a satisfacción del bien o servicio. Salvo disposición en contrario en cuerpo principal de la ORDEN DE COMPRA No obstante, el plazo de pago establecido, estos pagos se efectuarán en los días que de conformidad con los procesos administrativos se determinen en el cronograma de pagos de PERMODA LTDA.
Parágrafo Primero: El último pago que deba realizar PERMODA LTDA al PROVEEDOR, se hará una vez el PERMODA LTDA haya realizado la validación del total de cantidades y actividades ejecutadas por el PROVEEDOR conforme a lo establecido en la Orden de Compra. Además, el PROVEEDOR debe realizar todos los correctivos y/o ajustes que sean necesarios para el cierre de la correcta ejecución del objeto contratado, para que la obra y actividades contratadas puedan ser recibida a total satisfacción por PERMODA LTDA. Una vez validado el corte final de obra, en el que se indique el total de las unidades de obra ejecutados, se podrá proceder con el pago, no obstante, EL PROVEEDOR conoce y acepta que en la revisión y auditoria final que realice PERMODA LTDA, podrán requerirse ajustes y correctivos respecto a cantidades y actividades ejecutadas en cortes anteriores, para lo cual, dichas novedades se verán reflejadas en la entrega final y la facturación del último pago, según corresponda. Por lo tanto, en caso que se hayan realizado pagos de mayor valor por parte de PERMODA LTDA, que sobrepasen el valor del corte final, dichas sumas deberán
ser reembolsadas por el PROVEEDOR.
Parágrafo Segundo: En todo caso el PROVEEDOR deberá presentar los siguientes documentos como requisito para los pagos:
-Cuenta de cobro y/o factura de venta (cuando a ello hubiere lugar), dando cumplimiento a las exigencias legales que establece el Estatuto Tributario, en caso de estar obligado, el PROVEEDOR deberá presentar la factura electrónica a través del correo recepcionfras@permoda.com.co, previamente validada por la DIAN.